
¿Quién me contrata?
¿Quién paga mi salario?
¿Attempora se queda con parte de mi salario?
¿Tengo derecho a vacaciones?
¿A que convenio me acojo?
¿Quién me contrata?
El contrato se firma con Attempora ETT.
¿Quién paga mi salario?
Attempora ETT paga mensualmente tu salario. Así pues cualquier duda que tengas acerca de tu nómina, dirígete a nosotros.
¿Attempora se queda con parte de mi salario?
En ocasiones ha existido la idea equivocada de que la Empresa de Trabajo Temporal gana una comisión del salario del trabajador. Esto es completamente falso. El salario del trabajador está dentro del convenio colectivo del sector de la empresa usuaria, es decir que cobra como cualquier otro trabajador en plantilla. El beneficio de la ETT es pagado por la empresa usuaria en concepto del servicio de búsqueda, selección, puesta a disposición, contratación y gestión administrativa.
¿Tengo derecho a vacaciones?
Tanto las pagas extras como el importe de vacaciones están prorrateados en el salario/hora, es decir que cobras más a cambio de no disponer de vacaciones pagadas. Si pudieras disfrutar de vacaciones, siempre con autorización de la empresa usuaria, estas serían no remuneradas.
¿A que convenio me acojo?
Según el Artículo 11 de la Ley 29/1999 de Modificación de la Ley 14/94 por la que se regulan la Empresas de Trabajo Temporal, los trabajadores cedidos tendrán derecho a percibir como mínimo la retribución total establecida para el puesto de trabajo a desarrollar en el convenio colectivo aplicable a la empresa usuaria, calculada por unidad de tiempo. De este modo se asegura que el trabajador cedido cobre lo mismo que cobraría un trabajador contratado directamente por la empresa usuaria, por desarrollar su actividad en ese puesto de trabajo.
Acceso a las preguntas frecuentes de los trabajadores.




